Saltar la navegación

Paso 3.2. Evolución histórica en España

1913: En Cataluña:

            1913: En Cataluña. Por iniciativa del Consell de Pedagogía se inició un ensayo de educación de niños con edades entre 3 y 6 años aplicando el método Montessori en la Casa de Maternidad y Expósitos.

Segunda República:

Marcelino Domingo, maestro y Ministro de Educación, inició la creación de Centros Escolares en edificios dignos con una pedagogía renovadora y con un Plan de formación de maestros. Puso las bases para que España participara en el movimiento pedagógico que ya existía en Europa.

No contó con tiempo para consolidar un sistema educativo que hubiera conectado al país con los sistemas educativos más avanzados de Europa. Con la Guerra Civil se paralizó el movimiento iniciado.

Ley de Educación Primaria de 1945:

Las principales ideas que orientaron la educación fueron las que emanaron del "Movimiento Nacional" y de la Iglesia Católica.

El exponente de estas ideas fue la Ley de Enseñanza Primaria de 1945, que sufrió múltiples reformas a lo largo del período de tiempo que estuvo vigente. Las más significativas para la educación de los más pequeños fueron el reconocimiento de las Maestras de Párvulos como un cuerpo específico dentro del Cuerpo de Maestros nacionales y la dotación de un complemento económico especial.

El Artículo 19 era el que hacía mención especial y en él se señalaba entre otras cuestiones el tipo de instalaciones, dónde serían creadas y que el profesorado sería "exclusivamente femenino".

 

Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa de 1970:             

Nace en un momento de apertura política hacia el exterior y auge económico e industrial.

Introduce nuevas perspectivas didácticas y pedagógicas y exige a los profesionales de la Educación un esfuerzo por la renovación y actualización en todos los campos de su actividad profesional.

Se plantea una nueva organización del sistema educativo e inversión de fondos económicos. Escolariza a todos los niños hasta los 14 años. Se implanta el nivel de Educación Preescolar hasta los 7 años para cubrir entre un 60 y un 80% de la población.     

            Artículo 13.1: "la Educación Pre-Escolar tiene como objetivo fundamental, el desarrollo armónico de la personalidad del niño".

            Artículo 13.2: "la Educación Pre-Escolar tiene carácter voluntario comprende hasta los cinco años de edad y está dividida en dos etapas que se desarrollar":      

            En el jardín de la infancia, para niños de 2-3 años, cuya formación tendrá un carácter semejante a la vida del hogar.       

            En la escuela de párvulos, para niños de 4-5 años, cuya formación tenderá a promover las virtudes del niño.   

            Artículo 14.1: "la Educación Pre-Escolar comprende juegos, actividades de lenguaje, incluidas en su caso las lenguas nativas, expresión rítmica y plástica, observación de la naturaleza, ejercicios lógicos y prenuméricos, desarrollo del sentido comunitario, principios religiosos y actitudes morales".

            Artículo 109: hace referencia a las competencias del profesorado de Educación Pre-Escolar y de Educación General Básica.